Datos Personales

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ABOGADO.- *Especialista en función Judicial de Derecho Civil y de Derecho de Familia.- *Operador de Conflictos (Mediador).- * Docente de la UM en la Cátedra de la Dra. Raya de Vera en la materia Derecho Internacional Privado.- * Secretario del Instituto de Derecho Internacional Privado del Colegio de Abogados de Moron, a cargo de la Dra. Maria Andrea Esparza (http://institutointernacionalprivado.blogspot.com.ar/).- *Miembro del Instituto de Derecho Informático y Nuevas Tecnologías del Colegio de Abogados de Moron.- *Fue miembro del Poder Judicial de la Provincia de Buenos Aires durante cuatro años.- * Actualmente ejerce la profesión (T°XI, F° 991, CAM; T°117, 478 CPACF).-

viernes, 6 de septiembre de 2013

La Corte Declara Su Incompetencia Para Entender Originariamente En Una Causa Por Daño Ambiental Colectivo

Declara la incompetencia de la Corte Suprema de Justicia de la Nación para conocer en forma originaria en una demanda por daño ambiental colectivo iniciada, en los términos del art. 30 de la Ley General del Ambiente N° 25.675, por un vecino de una localidad de la provincia de La Rioja que invocó su condición de “afectado”, contra la empresa concesionaria de un proyecto minero ubicado en la Provincia de San Juan y contra la mencionada provincia. Afirma que, de los términos de la demanda se desprende que su resolución exigirá ineludiblemente el examen del acto administrativo de aprobación del informe de impacto ambiental presentado por la concesionaria y de las normas locales en las que se sustentó dicho acto y, por consiguiente, no se configura la “causa civil” que representa el requisito ineludible para habilitar la competencia originaria de la Corte en las causas de distinta vecindad de la contraria cuando una provincia es parte.



∂ Dr. Matias D. Alvarez Chaffer ∂ 
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