Datos Personales

Mi foto
ABOGADO.- *Especialista en función Judicial de Derecho Civil y de Derecho de Familia.- *Operador de Conflictos (Mediador).- * Docente de la UM en la Cátedra de la Dra. Raya de Vera en la materia Derecho Internacional Privado.- * Secretario del Instituto de Derecho Internacional Privado del Colegio de Abogados de Moron, a cargo de la Dra. Maria Andrea Esparza (http://institutointernacionalprivado.blogspot.com.ar/).- *Miembro del Instituto de Derecho Informático y Nuevas Tecnologías del Colegio de Abogados de Moron.- *Fue miembro del Poder Judicial de la Provincia de Buenos Aires durante cuatro años.- * Actualmente ejerce la profesión (T°XI, F° 991, CAM; T°117, 478 CPACF).-

lunes, 28 de abril de 2014

Guarda de Persona: la Dra. Grisel Gincoff publicó un comentario a un fallo que sirve para revisar en profundidad el Derecho de Familia

La Dra. Grisel Gincoff, Directora del Instituto de Derecho de Familia del Colegio de Abogados de Morón publicó en la Revista de Derecho de Familia y de las personas - LA LEY el Fallo Comentado:  S., G. M. C. s/ guarda de persona 2013-10-08 Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial de Mar del Plata, sala III.
La Dra. Gincoff, hizo un abordaje del caso en vistas no sólo a la protección de los derechos de niños, niñas y adolescentes sino a la familia como sustento de la sociedad, y como ámbito a resguardar.
“Siempre estamos hablando de Derecho de Familia, más allá de los conflictos y operadores intervinientes que se presenten, por tales motivos debemos partir, recordar y reconocer, ante un caso de Medidas de Abrigo, la importancia que tiene la familia como institución social, y por ende la repercusión que sus propios conflictos causan en el seno de la sociedad que les sirve de continente. El objetivo fundamental del derecho de familia es encontrar una solución pacífica a los conflictos familiares; para ello, los instrumentos para su adecuada actuación, que son los procesos de familia, se deben asentar sobre tres pilares: la proyección en la solución del conflicto, los intereses tutelados y el rol del juez de familia”, señalaba la Dra. Gincoff en su análisis del fallo y haciendo un recorrido por las distintos momentos de la instancia de abrigo.
En ese sentido describió que, “en los primeros tiempos de aplicación del Sistema de Protección Integral, la palabra Patronato e institucionalización, eran sinónimo de mala palabra, los criterios de intervención ante la vulneración de derechos de un niño, se basaban en el trabajo con la familia, a veces forzando situaciones irreversibles por ante los Derechos del Niño involucrado, en los cuales mi opinión es que el nuevo sistema de protección los ‘desprotegía’. Luego se observaba la etapa de que las pocas medidas de abrigo o excepcionales, dejaban de ser sólo excepcionales y se convertían en guardas institucionales donde el niño entraba en la simulación del viejo Patronato, meses y hasta años institucionalizados, habiendo aún muchos niños en esa situación, continuando así en la práctica que la supuesta "protección "se convertía, y convierte, en "desprotección" de los derechos del niño”.
En ese mismo sentido, la Secretaria Académica del CAM subrayó que, “en el transcurso de tiempo se han ido observando otras prácticas, en que el Estado , desde sus ámbitos administrativos y o judiciales dentro del Sistema de Protección, a veces peca de proteccionista y garantista, cumpliendo un rol más bien tutelar y arbitrario olvidando en ciertas disposiciones que el propio Sistema de Protección Integral, más allá que se denomine de los Derechos de Niñas , Niños y Adolescentes, se olvida que uno de sus pilares fundamentales es la protección de la familia de ese niño involucrado”.



∂ Dr. Matias D. Alvarez Chaffer ∂
 Copyright Año 2014 /// Todos los Derechos Reservados

Se reglamentó el nuevo régimen laboral para el personal doméstico

El decreto 467/2014, publicado en el Boletín Oficial el miércoles 16 de abril, ordena a los empleadores a pagar los haberes del personal doméstico -con una jornada igual o superior a las 32 horas semanales- a través de cuentas sueldos abiertas en instituciones bancarias.
Se dispone además la creación del Servicio de Conciliación Obligatoria para el Personal de Casas Particulares, una instancia previa para resolver conflictos laborales a las demandas que se sustanciarán en el Tribunal de Trabajo para el Personal de Casas Particulares.
Entre otros puntos, se especifica que se prohíbe que trabajen los menores de 16 años en casas particulares, mientras que los menores de 18 deberán contar con autorización de los padres o tutores.
También se establece que el empleador no podrá valerse del período de prueba para una situación de eventual despido "cuando no se haya registrado la relación laboral" y la jornada laboral se fija en seis horas diarias, la cual no podrá realizarse, en ningún caso, en horario nocturno, entre las 20 y las 6.
El decreto firmado por la presidenta Cristina Kirchner, el jefe de Gabinete  Jorge Capitanich y el ministro de Trabajo Carlos Tomada está a disposición en el archivo adjunto.

Archivos Adjuntos:
Decreto 467/2014
 

∂ Dr. Matias D. Alvarez Chaffer ∂ 
Copyright Año 2014 /// Todos los Derechos Reservados

La Dirección Provincial del Registro de la Propiedad establece la prórroga de los plazos de validez de los certificados de dominio y anotaciones personales

En los considerandos de la Disposición Técnico Registral N° 3/2014, se tiene en cuenta que desde “el 5 de marzo se ha iniciado un período de suspensión de tareas” de los empleados de esa repartición “que imposibilita su normal funcionamiento”.
Por ello, “a los plazos de vigencia de los Certificados de Dominio y de Anotaciones Personales ingresados a partir del 5 de marzo de 2014 y hasta el 8 de abril inclusive, se le podrán adicionar cuarenta y cinco días contados a partir del día siguiente al de su vencimiento”, según se detalla en la disposición.
“Para todo documento –continúa el escrito-, cuya prórroga, reinscripción o presentación (en virtud del Artículo 5 de la Ley N° 17.801), hubiera vencido entre los días 8 y 16 de abril de 2014, inclusive, se suspende para el cómputo de los plazos registrales el período referenciado anteriormente, considerándose en estos supuestos ingresados en término hasta el día 30 de abril”.
Para más información: http://www.rpba.gov.ar/


 




∂ Dr. Matias D. Alvarez Chaffer ∂ 
Copyright Año 2014 /// Todos los Derechos Reservados

miércoles, 23 de abril de 2014

La Asociación Judicial Bonaerense anunció paro activo por 48 horas, para hoy y mañana, el viernes asamblea

Desde la Asociación Judicial Bonaerense anunciaron que recibieron para el martes “la notificación de una nueva convocatoria a reunión paritaria, en la sede del Ministerio de Trabajo”.
A raíz de esta convocatoria, según explicaron desde la AJB, las “asambleas departamentales” resolvieron que, “el miércoles 23 se realice un paro activo con asambleas a las 8 horas, para analizar la reunión paritaria del día anterior. El jueves 24 un paro con movilización a la Ciudad de La Plata. Y el viernes 25 una asambleas a las 8 horas para analizar las novedades que se pudieran producir, y definir medidas para la semana próxima”.
Cabe destacar que las fuentes consultadas subrayaron que jueces y secretarios de juzgados trabajarán normalmente lo que “no afectaría el normal funcionamiento”.


FUENTE: http://www.camoron.org.ar/vermas-noticias.php?n=592



∂ Dr. Matias D. Alvarez Chaffer ∂ 
Copyright Año 2014 /// Todos los Derechos Reservados

Charla "Reubicación Internacional de Niños"


http://www.camoron.org.ar/vermas-cursos.php?c=152



∂ Dr. Matias D. Alvarez Chaffer ∂ 
Copyright Año 2014 /// Todos los Derechos Reservados

Charla "Tribunal Internacional del Niño y la Familia"



http://www.camoron.org.ar/vermas-cursos.php?c=161
∂ Dr. Matias D. Alvarez Chaffer ∂
Copyright Año 2014 /// Todos los Derechos Reservados

martes, 15 de abril de 2014

Anunciaron levantamiento del paro de judiciales por 48 horas

El anuncio del paro había sido ayer, tras poner en consideración la nueva propuesta del gobierno de la provincia en las distintas departamentales.-

FUENTE: http://www.camoron.org.ar/vermas-noticias.php?n=570


∂ Dr. Matias D. Alvarez Chaffer ∂ 
Copyright Año 2014 /// Todos los Derechos Reservados

lunes, 14 de abril de 2014

III Encuentro del Foro de Institutos de Derecho de Familia

El encuentro será de 9 a 20 horas y es organizado por el Instituto de Derecho de Familia del Colegio de Abogados del Departamento Judicial Junín, en Bartolomé Mitre nº 83, con el auspicio de la Caja de Abogados de la Provincia de Buenos Aires.
El Dr. Néstor Solari disertará sobre Uniones Convivenciales; el Dr. Miguel González Andia  hablará del Rol y Perfil del Abogado de Familia. Rol del Abogado del Niño; el Dr. Eduardo Roveda se referirá a la Prestación Compensatoria en el Matrimonio y en las Uniones Convivenciales. Relación con el Régimen de Bienes en el Matrimonio y Pacto de Convivencia.
Asimismo, los Dres. Guillermina Venini y Rodolfo Avendaño y la Perito Psicóloga María Elisa Massari harán un abordaje interdisciplinario del tema Adopción: La nueva Ley de Procedimiento de la Provincia de Buenos Aires. Especial tratamiento de las Guardias de Hecho.
El arancel cuesta 150 pesos y se entregarán certificados de asistencia. Por informes e inscripción hay que comunicarse al Tel/Fax (0236) 4424010/4432726 o dirigirse vía mail a recepción@cadjj.org.ar.



∂ Dr. Matias D. Alvarez Chaffer ∂ 
Copyright Año 2014 /// Todos los Derechos Reservados

RESTITUCIÓN INTERNACIONAL DE MENORES. ASPECTOS PROCESALES Y PRÁCTICOS. DERECHO COMPARADO

Proximamente disponible en Argentina: RESTITUCIÓN INTERNACIONAL DE MENORES. ASPECTOS PROCESALES Y PRÁCTICOS. DERECHO COMPARADO
Ed. BdeF, Buenos Aires, Febrero 2014, 1ª Edición 402 Páginas. ISBN: 9789974708242

Directora:LUCIANA B. SCOTTI
Autores: ROCÍO ÁLVAREZ DE ELÍAS, MARIANA ANTÓN PÉREZ, LEANDRO BALTAR, VIVIANA BERÓN, LEANDRO DIAS, RODRIGO LAJE, SUSANA LEAL, ESTEFANÍA MARTINOLI URIONDO, LUCIANA B. SCOTTI.

ÍNDICE

Introducción

Capítulo I. EL PROCESO DE RESTITUCIÓN INTERNACIONAL DE MENORES A LA LUZ DE LAS NORMAS VIGENTES

Capítulo II. EL PROCESO DE RESTITUCIÓN INTERNACIONAL DE MENORES EN EL DERECHO COMPARADO

Capítulo III. LEY MODELO SOBRE NORMAS PROCESALES PARA LA APLICACIÓN DE LOS CONVENIOS SOBRE SUSTRACCIÓN INTERNACIONAL DE NIÑOS

Capítulo IV. EL PROCESO DE RESTITUCIÓN A TRAVÉS DE LA AUTORIDAD CENTRAL ARGENTINA

Capítulo V. LA DEMORA DE LA RESTITUCIÓN EN LOS PROCESOS JUDICIALES ARGENTINOS

Capítulo VI. LA NECESIDAD DE UNA REGLAMENTACIÓN PROCESAL ESPECIAL EN EL DERECHO INTERNO ARGENTINO. SUS VENTAJAS.

Capítulo VII. EL INTERÉS SUPERIOR DEL NIÑO FRENTE A LA INEXISTENCIA DE LA LEGISLACIÓN PROCESAL RELATIVA AL FUNCIONAMIENTO DEL PROCESO DE RESTITUCIÓN INTERNACIONAL DE MENORES

Capítulo VIII. COOPERACIÓN INTERNACIONAL EN LA RESTITUCIÓN DE MENORES

Capítulo IX. NUESTRA PROPUESTA DE LA LEY SOBRE EL PROCESO DE RESTITUCIÓN INTERNACIONAL DE MENORES

Capítulo X. NUESTRAS CONCLUSIONES

Apéndice I. LINEAMIENTOS DE LOS ASPECTOS PENALES DEL PROCEDIMIENTO DE RESTITUCIÓN INTERNACIONAL DE MENORES

Apéndice II. ESTÁNDARES INTERPRETATIVOS BÁSICOS DE LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN

Apéndice III. RESUMEN JURISPRUDENCIAL

ANEXO DOCUMENTAL





∂ Dr. Matias D. Alvarez Chaffer ∂ 
Copyright Año 2014 /// Todos los Derechos Reservados

Debido al paro, la Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires suspendió los términos procesales

La Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires hizo lugar a un pedido del Colegio de Abogados de la Provincia de Buenos Aires, en la figura de su Presidente, Dr. Bienvenido Rodríguez Basalo, para que se suspendan los términos procesales.




El pedido está fundado en “la medida de fuerza adoptada a nivel nacional (…) y también por el personal de este poder judicial”, afirma la Resolución adoptada por el Presidente del Tribunal, Dr. Héctor Negri.


∂ Dr. Matias D. Alvarez Chaffer ∂
 Copyright Año 2014 /// Todos los Derechos Reservados