Datos Personales

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ABOGADO.- *Especialista en función Judicial de Derecho Civil y de Derecho de Familia.- *Operador de Conflictos (Mediador).- * Docente de la UM en la Cátedra de la Dra. Raya de Vera en la materia Derecho Internacional Privado.- * Secretario del Instituto de Derecho Internacional Privado del Colegio de Abogados de Moron, a cargo de la Dra. Maria Andrea Esparza (http://institutointernacionalprivado.blogspot.com.ar/).- *Miembro del Instituto de Derecho Informático y Nuevas Tecnologías del Colegio de Abogados de Moron.- *Fue miembro del Poder Judicial de la Provincia de Buenos Aires durante cuatro años.- * Actualmente ejerce la profesión (T°XI, F° 991, CAM; T°117, 478 CPACF).-

lunes, 28 de abril de 2014

Se reglamentó el nuevo régimen laboral para el personal doméstico

El decreto 467/2014, publicado en el Boletín Oficial el miércoles 16 de abril, ordena a los empleadores a pagar los haberes del personal doméstico -con una jornada igual o superior a las 32 horas semanales- a través de cuentas sueldos abiertas en instituciones bancarias.
Se dispone además la creación del Servicio de Conciliación Obligatoria para el Personal de Casas Particulares, una instancia previa para resolver conflictos laborales a las demandas que se sustanciarán en el Tribunal de Trabajo para el Personal de Casas Particulares.
Entre otros puntos, se especifica que se prohíbe que trabajen los menores de 16 años en casas particulares, mientras que los menores de 18 deberán contar con autorización de los padres o tutores.
También se establece que el empleador no podrá valerse del período de prueba para una situación de eventual despido "cuando no se haya registrado la relación laboral" y la jornada laboral se fija en seis horas diarias, la cual no podrá realizarse, en ningún caso, en horario nocturno, entre las 20 y las 6.
El decreto firmado por la presidenta Cristina Kirchner, el jefe de Gabinete  Jorge Capitanich y el ministro de Trabajo Carlos Tomada está a disposición en el archivo adjunto.

Archivos Adjuntos:
Decreto 467/2014
 

∂ Dr. Matias D. Alvarez Chaffer ∂ 
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