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ABOGADO.- *Especialista en función Judicial de Derecho Civil y de Derecho de Familia.- *Operador de Conflictos (Mediador).- * Docente de la UM en la Cátedra de la Dra. Raya de Vera en la materia Derecho Internacional Privado.- * Secretario del Instituto de Derecho Internacional Privado del Colegio de Abogados de Moron, a cargo de la Dra. Maria Andrea Esparza (http://institutointernacionalprivado.blogspot.com.ar/).- *Miembro del Instituto de Derecho Informático y Nuevas Tecnologías del Colegio de Abogados de Moron.- *Fue miembro del Poder Judicial de la Provincia de Buenos Aires durante cuatro años.- * Actualmente ejerce la profesión (T°XI, F° 991, CAM; T°117, 478 CPACF).-

viernes, 6 de septiembre de 2013

La Corte decidirá sobre la responsabilidad de los buscadores de internet

Una ex cantante de Bandana demandó a Google y a Yahoo porque sus búsquedas la asocian a sitios de contenido sexual o pornográfico. El dictamen de la Procuración General de la Nación recomendó desestimar el planteo, entre otras cosas, por “inadecuada comprensión de los principios sobre la libertad de expresión”.

La Procuración General de la Nación dictaminó en una causa que se encuentra en manos del máximo tribunal. Se trata del caso de la excantante del grupo Bandana, Virginia Da Cunha, que presentó una demanda por daños y perjuicios contra Google Inc. y Yahoo de Argentina S.R.L, porque al ingresar su nombre los resultados de búsqueda la relacionaban con sitios de contenido sexual o pornográfico.

El dictamen lleva la firma de la procuradora general adjunta Laura Monti, quien recomendó a la Corte Suprema que rechace los reclamos de Da Cunha. Entre sus argumentos sostiene que con respecto a los buscadores debe utilizar la jurisprudencia que habla sobre los medios de comunicación: “Debe aplicarse al caso la doctrina de la Corte en materia de responsabilidad de los medios de comunicación por los dichos de otros”, dice Monti. Y añade que “la conducta de los buscadores… no puede, en principio, traer aparejada responsabilidad alguna a las demandadas” ya que “se limitan a detallar la información contenida en la red, mencionando expresamente la fuente, en este caso los sitios web, de la cual procede”. Explicó también que el planteo realizado por la cantante “implica una inadecuada comprensión de los principios sobre la libertad de expresión”.
La causa llegó al máximo tribunal luego de que en agosto de 2010 la sala D de la Cámara Civil revocara un fallo de primera instancia. Allí los jueces Patricia Barbieri, Ana María Brilla de Serrat y Diego Sánchez, sostuvieron que “no basta que la información o el contenido existente en la web y encontrado a través de los buscadores sea erróneo y aún lesivo para el honor, la imagen o la intimidad de una persona para que ésta tenga derecho a que le sea reparado el perjuicio causado", sino que quien "pretenda el resarcimiento deberá demostrar la culpa o negligencia en que incurrió el buscador".
Esto último puesto que "los contenidos e información a los cuales se puede acceder a través de los servicios proporcionados por las demandadas no han sido, insisto, creados o editados o colgados por ellas, sino por terceros, que en la mayoría de los casos, y así lo señaló el perito informático, permanecen en el anonimato", consignaba el fallo de la sala firmado el 11 de agosto de 2010.

La actriz presentó un recurso ante la Corte en el que sostiene que el accionar de los buscadores de internet “potencian el daño provocado mediante la difusión masiva de los sitios ilícitos”. Ahora la procuradora general adjunta sostiene que los buscadores de internet no son responsables por el contenido de los sitios que relevan.  La palabra final será de la Corte Suprema.

Historias parecidas, finales distintos

Hasta ahora las sentencias de los distintos fueros por este tema han sido diversas: algunos fallos permiten pensar en la responsabilidad de los buscadores,  mientras que otros la desestimaron. En septiembre del 2010, la Cámara Civil y Comercial Federal con las firmas de Ricardo Víctor Guarinoni, Alfredo Silverio Gusman, Santiago Bernardo Kiernan, confirmaron una sentencia contra los buscadores Google y Yahoo que los había condenado por cada día de demora en "el cumplimiento de una medida cautelar” que le ordenaba eliminar de sus patrones de búsqueda toda información que vinculara a las modelos Andrea Bolatti, Jimena Buttigliengo, María del Cerro, Cecilia Bonelli y Dolores Trull con páginas de contenido sexual.

Google también fue condenado en diciembre de 2012 pero esta vez por la sala H de la  Cámara Civil, que con las firmas de Liliana Abreut de Begher y Claudio Kiper consideró que debía indemnizar con 20 mil pesos a un empresario que fue “ridiculilzado” en un blog, realizado con el servicio de Blogger. “Puede configurarse la responsabilidad civil del buscador por el contenido incorporado por un tercero, si toma efectivo conocimiento”, consignaron los jueces en aquel fallo.

Otra actriz conocida que tiene una causa en la Corte Suprema es Paola Krum. La causa llegó por una queja presentada por la actriz cuando la sala D rechazó su demanda, también contra los buscadores Google y Yahoo. La actriz decía que se "afectaban sus derechos" pero los jueces explicaron que “el buscador no es el creador del contenido dañoso, ni tampoco el administrador del sitio donde el mismo se aloja”.

Fuente: http://www.infojusnoticias.gov.ar


∂ Dr. Matias D. Alvarez Chaffer ∂ 
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