Ordena
a una empresa de medicina prepaga a proporcionar la cobertura total de
dos tratamientos de fertilización asistida denominado ICSI, a una pareja
que padece de infertilidad y deseaban tener un segundo hijo, habida
cuenta que habían logrado ser padres con anterioridad mediante la misma
técnica. Señala que la infertilidad constituye una limitación que afecta
el disfrute del más alto nivel posible de salud, cuya protección tiene
jerarquía constitucional.-
∂ Dr. Matias D. Alvarez Chaffer ∂
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