La Cámara Nacional Electoral, a través
de una acordada extraordinaria firmada este martes, recordó a la
ciudadanía diversas cuestiones tendientes al más cabal e informado
ejercicio del sufragio, de cara a las elecciones legislativas del
próximo 27 de octubre.
En la
resolución, el tribunal -integrado por los jueces Alberto Dalla Via,
Rodolfo Munné y Santiago Corcuera- informó lo siguiente:
1-
Los electores designados como autoridades de mesa deben desempeñar con
probidad las funciones que -con carácter de carga pública- les han sido
encomendadas.
2- La condición de
infractor respecto de las elecciones primarias no impide el ejercicio
del voto en las elecciones legislativas del próximo 27 de octubre. Es
obligatorio el sufragio incluso para quienes todavía no hubiesen
regularizado su situación.
3- Los
electores deben verificar sus lugares de votación, así como también su
condición en el registro de infractores, consultando en el sitio de
internet www.electoral.gob.ar.
4-
Reiterar a las autoridades de mesa y a los electores la necesidad de
que se controle especialmente que la constancia de emisión del voto sea
entregada.
5- El plazo para
justificar la no emisión del voto, es de sesenta días corridos, y
requiere que se acredite fehacientemente ante la justicia nacional
electoral alguna de las causas previstas en el código electoral
nacional.
6- Se encuentra vencido el
plazo para justificar la no emisión del voto respecto de las elecciones
primarias, abiertas, simultáneas y obligatorias del pasado 11 de agosto.-
Acordada completa
∂ Dr. Matias D. Alvarez Chaffer ∂
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