Confirma
la multa impuesta a una empresa de telefonía por violar el régimen de
Estructura General de Tarifas para clientes de bajo consumo, debido a
que la firma, a fin de determinar el consumo mensual de los clientes,
incluyó los pulsos por llamadas a celulares móviles, las cuales no
debían tomarse en cuenta. Considera que la empresa no desconoció la
materialidad del hecho y que las infracciones al régimen de Estructura
General de Tarifas, son de aquellas denominadas formales, donde la
verificación de los hechos hace nacer por sí la responsabilidad del
infractor.
∂ Dr. Matias D. Alvarez Chaffer ∂
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