Datos Personales

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ABOGADO.- *Especialista en función Judicial de Derecho Civil y de Derecho de Familia.- *Operador de Conflictos (Mediador).- * Docente de la UM en la Cátedra de la Dra. Raya de Vera en la materia Derecho Internacional Privado.- * Secretario del Instituto de Derecho Internacional Privado del Colegio de Abogados de Moron, a cargo de la Dra. Maria Andrea Esparza (http://institutointernacionalprivado.blogspot.com.ar/).- *Miembro del Instituto de Derecho Informático y Nuevas Tecnologías del Colegio de Abogados de Moron.- *Fue miembro del Poder Judicial de la Provincia de Buenos Aires durante cuatro años.- * Actualmente ejerce la profesión (T°XI, F° 991, CAM; T°117, 478 CPACF).-

sábado, 12 de octubre de 2013

El Atraso En Las Cuotas De Un Plan De Ahorro Previo No Constituye Óblice Para La Entrega Del Automotor Adjudicado

Considera que el hecho que el accionante haya incurrido en algún atraso esporádico carente de significación, no constituye óbice al cumplimiento de la obligación, toda vez que ninguna cláusula contractual preveía la pérdida de derechos del actor por tal motivo. Finalmente, entiende la entidad administradora debe responder civilmente por la inejecución de la obligación de entregar el rodado, aun cuando el incumplimiento sea de la concesionaria, y aun sin que exista culpa o dolo de la primera.-




∂ Dr. Matias D. Alvarez Chaffer ∂
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