La
Dirección Nacional de Mediación, suscribió modificaciones al
Reglamento del Registro de Mediadores. Entre otras, se incluyen las
siguientes modificaciones reglamentarias: mecanismos de reemplazo para
el caso de que el mediador designado no pudiese desempeñarse
personalmente, nuevo procedimiento de archivo de la documentación,
ajuste de los requisitos exigidos para las oficinas de mediación a la
normativa aplicable en la Caba y prevé la incorporación de textos en los
formularios que rigen el procedimiento de mediación.
∂ Dr. Matias D. Alvarez Chaffer ∂
Copyright Año 2013 /// Todos los Derechos Reservados
No hay comentarios:
Publicar un comentario