Condena
a un supermercado y a un centro de compras a abonar al dueño de un
automóvil que fue robado del estacionamiento la diferencia entre el
valor del rodado y la indemnización por el robo abonada por la compañía
aseguradora. Asimismo rechaza la defensa de falta de legitimación
intentada por una de las firmas
accionadas, habida cuenta que el servicio de estacionamiento en los
centros comerciales de envergadura no es prestado a su clientela en
forma totalmente desinteresada y, por lo tanto, constituye una
prestación accesoria de carácter gratuito, complementaria de su
actividad principal de comercialización de mercaderías y otros
productos.
∂ Dr. Matias D. Alvarez Chaffer ∂
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