El juez Santiago Inchausti, titular del
Juzgado Federal en lo Criminal y Correccional N° 3 de Mar del Plata,
dictó el pasado 29 de octubre el procesamiento con prisión preventiva de
una persona por considerarla prima facie coautor penalmente responsable
del delito de trata de personas mayores de 18 años de edad con fines de
explotación sexual, reiterado en seis oportunidades y agravado por la
cantidad de sujetos activos y por la cantidad de víctimas.
Además, el magistrado mandó a trabar embargos sobre los bienes del acusado hasta cubrir la suma de quinientos mil pesos.
En
tanto, se dictó la falta de mérito sobre esta misma persona imputada
-con respecto a los sucesos relacionados a otras dos presuntas
damnificadas- y con relación a otro imputado.
La
causa tuvo su inicio al tomarse conocimiento del inminente arribo a la
Argentina de seis ciudadanas argentinas que concurrieron al Consulado
argentino en Madrid, España, oportunidad en que dieron a conocer
detalles y motivos por los cuales se encontraban allí.
La
conducta endilgada ha sido desplegada por una organización preexistente
para ello, conformada por personas residentes en la Argentina y otras
en España.
Los hechos consisten en
que las referidas damnificadas fueron captadas engañosamente en esta
ciudad de Mar del Plata, siendo que sus captores lograron convencerlas
para trasladarlas a España dada la buena oferta laboral que se les
prometió.
La captación y el traslado
en Argentina, y luego el recibimiento y acogimiento en España, habrían
sido desplegados mediante abuso de la situación de vulnerabilidad en que
se encontraban las víctimas, como así también en virtud a engaños,
ardides, promesas de beneficios económicos y sociales -las que no se han
cumplido-, situaciones de violencia ejercidas sobre ellas, retención de
la documentación, y retención del dinero habido en función de las
prácticas sexuales ofrecidas, a lo que se suma la situación de lejanía
de las damnificadas con su lugar de origen y sus familiares una vez
logrado su traslado. Allí, en España, también habrían intervenido
algunos de los aquí investigados, y junto a otras personas que resultan
ser propietario y empleados del local nocturno en cuestión.
En
este mismo expediente, oportunamente, se han dictado autos de
procesamiento con respecto a dos personas coimputadas y a los hechos
que damnificaran a gran parte de las siete víctimas que aquí se hizo
referencia.
Resolución completa
∂ Dr. Matias D. Alvarez Chaffer ∂
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