Datos Personales

Mi foto
ABOGADO.- *Especialista en función Judicial de Derecho Civil y de Derecho de Familia.- *Operador de Conflictos (Mediador).- * Docente de la UM en la Cátedra de la Dra. Raya de Vera en la materia Derecho Internacional Privado.- * Secretario del Instituto de Derecho Internacional Privado del Colegio de Abogados de Moron, a cargo de la Dra. Maria Andrea Esparza (http://institutointernacionalprivado.blogspot.com.ar/).- *Miembro del Instituto de Derecho Informático y Nuevas Tecnologías del Colegio de Abogados de Moron.- *Fue miembro del Poder Judicial de la Provincia de Buenos Aires durante cuatro años.- * Actualmente ejerce la profesión (T°XI, F° 991, CAM; T°117, 478 CPACF).-

jueves, 6 de febrero de 2014

[CORRIENTES] UNA ESTACIÓN DE SERVICIO DEBERÁ RESPONDER POR LAS LESIONES QUE PROVOCARON DOS EMPLEADOS A UN CLIENTE

Confirma la condena impuesta a la firma propietaria de una estación de servicio por las lesiones que provocaron al actor dos de sus empleados por un altercado. Refiere que, la solución de la Cámara se sostiene con el factor de atribución del riesgo creado, toda vez que para así extender el deber de responder atendió que el hecho dañoso de sus dependientes ocurrió cuando éstos se encontraban "en ocasión" de la función encomendada.-




∂ Dr. Matias D. Alvarez Chaffer ∂ 
Copyright Año 2014 /// Todos los Derechos Reservados

No hay comentarios:

Publicar un comentario