Rechaza la solicitud de suspensión del juicio a prueba formulada por
quien en reiteradas oportunidades agredió a su novia de 13 años.
Entiende que las lesiones conferidas claramente encuadran en la
problemática de violencia de género y que si bien de las constancias de
autos surge que entre la víctima y el agresor existía una relación de
dos meses de noviazgo, las mismas son demostrativas de la conducta del
acusado, basada en una relación de absoluta desigualdad de poder,
tendiente a dominar a la víctima, lo cual ha afectado la vida, libertad,
integridad física y psicológica de la niña, produciéndole no sólo daños
físicos, sino también psíquicos que persisten en la actualidad.
∂ Dr. Matias D. Alvarez Chaffer ∂
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